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Junta directiva del Club Ajedrez Coín

Presidente: Miguel Jiménez Banderas

Vicepresidenta 1ª: Fuensanta Sánchez Martín

Vicepresidenta 2ª: Verónica García Capilla

Secretario: Francisco Javier Santos Guzmán

Tesorero: Antonio López Gajete

Vocales: Mayra Cruz Domínguez

                 Juan Antonio Rincón Agüera

                 Adrián Rincón Agüera

 

Declaración de utilidad pública

En virtud del artículo 72.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, corresponde
a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de deportes y de
actividades de tiempo libre, que incluye la planificación, la coordinación y el fomento de
estas actividades, así como la regulación y declaración de utilidad pública de entidades deportivas.
La declaración de utilidad pública en Andalucía aparece regulada en el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, y en el artículo 18 del Decreto
41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas.

Analizada la documentación que conforma el expediente queda acreditado que se cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos por la legislación vigente, pudiéndose concluir que los fines estatutarios del Club Deportivo Ajedrez Coín promueven el desarrollo y la práctica continuada de la actividad deportiva, las actividades son realizadas en cumplimiento de sus fines sociales y se encuentran abiertas no solo a los socios sino a cualquier otro beneficiario que reúna las condiciones exigidas por la índole de los propios fines del Club.

Por todo ello, resulta oportuno declarar el Club Deportivo Ajedrez Coín de
utilidad pública en Andalucía, con los efectos que señala el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, ha acordado con fecha 23 de abril de 2024, declarar de utilidad pública en Andalucía al Club Ajedrez Coín (Málaga)

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Entidad deportiva declarada de utilidad pública

Si se define como una persona solidaria o empática, esta es una buena y solidaria forma de aportar su granito de arena.
Cada aporte es una pieza fundamental en nuestro tablero de crecimiento y desarrollo.
Agradecemos profundamente cualquier donativo o aportación que nos permita materializar nuestros proyectos deportivos, educativos y de inclusión social, a través de una herramienta integradora como es el ajedrez.
Tu generosidad, ayudara en la organización de actividades, donde personas con diversidad funcional podrán participar y sentir que participan en igualdad, becar a jóvenes con pocos recursos y fomentar la participación femenina.

La declaración de utilidad pública reconoce oficialmente que los fines que promueve nuestra entidad deportiva son considerados de interés general.

Por este motivo, las personas físicas o jurídicas que colaboren con nuestra Asociación tendrán unas ventajas fiscales que están enmarcadas dentro de la Ley 49/2002 de fecha 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Beneficios fiscales

Ley 49/2002, de 23 de diciembre

Gracias por ser parte de nuestro proyecto y contribuir a hacer del ajedrez una experiencia enriquecedora para todos y todas.

Teléfono

622 86 64 29